Desde ACLEG os comunicamos que la Federación Española de Lupus (FELUPUS) y la Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (COCEMFE) piden celeridad en la creación de la comisión que valorará la inclusión de nuevas patologías entre los casos de las enfermedades que pueden acogerse a la jubilación anticipada de trabajadores y trabajadoras con grado de discapacidad del 45% o superior, tras haber planteado la Confederación nacional la inclusión de once nuevas patologías al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Con esta propuesta COCEMFE pretende que se desarrolle lo establecido en el Real Decreto 370/2023, de 16 de mayo que prevé la regulación de un procedimiento de inclusión de nuevas patologías generadoras de discapacidad, a los efectos de esta modalidad de jubilación anticipada, y su consiguiente actualización y ampliación.
Las patologías que se han propuesto son las siguientes: enfermedad de Parkinson, Lupus eritematoso sistémico, artritis reumatoide, espina bífida, fibromialgia, encefalomielitis miálgica, enfermedad de Steinert, enfermedad de Huntington, enfermedad de Andrade, inmunodeficiencias primarias y esclerodermia.
Para ello se inició un proceso consultivo con las entidades del Movimiento Asociativo de COCEMFE que derivó en un trabajo de análisis y que se materializó en un total de once informes independientes en los que se ha recogido la evidencia científica existente sobre la reducción de la esperanza de vida de estas enfermedades (parámetro de valoración recogido en el real decreto), para respaldar la necesidad de contemplar el supuesto de jubilación anticipada.
“La jubilación anticipada es para muchas personas con discapacidad un paso imprescindible para su salud y bienestar, que responde a la necesidad de igualar la transición hacia la jubilación ante situaciones específicas relacionadas con la reducción de la esperanza de vida de las personas con ciertas patologías, las dificultades para acceder y mantener un empleo que afrontan muchas personas de este grupo social y la importancia de disponer de recursos económicos suficientes ante el sobrecoste que supone tener una discapacidad”, explica el presidente de COCEMFE, Anxo Queiruga.
Según el Real Decreto 370/2023, de 16 de mayo en el procedimiento de inclusión de estas nuevas patologías se incluiría el establecimiento de una comisión técnica que será la encargada de proponer su incorporación para garantizar la objetividad del procedimiento.
En este sentido y para acometer este desarrollo normativo, FELUPUS y COCEMFE reclaman al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones que el movimiento asociativo de la discapacidad forme parte de esa comisión técnica para poder abordar la inclusión de estas patologías y preparar la redacción de la Orden Ministerial que debe culminar este proceso de actualización del listado vigente.
“Desde COCEMFE se seguirá trabajando paralelamente con las organizaciones de nuestro Movimiento Asociativo y personal técnico experto para poder seguir ampliando este listado, así como en la mejora del procedimiento que el Gobierno ha establecido para su actualización, para que sea un proceso más transparente e inclusivo”, afirma Queiruga.
La última regulación de la jubilación anticipada aprobada en 2023 supuso una flexibilización de esta prestación que respondía a una demanda histórica de COCEMFE y de todo el movimiento asociativo de la discapacidad, que aglutina el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI). Además de establecer el procedimiento de actualización de patologías, supuso una reducción del periodo necesario de cotización para poder acceder a la jubilación anticipada en determinados supuestos.
Las personas con LUPUS se enfrentan a una realidad ante la valoración de discapacidad muy difícil de reconocer por ser una enfermedad invisible para todos menos para quien la padece, por evolucionar por brotes de limitación orgánica en su mayoría, por ser mujeres (9 de cada 10 pacientes) y asumirlo como sensibilidad psicológica. Sentimos como el dolor, la fatiga, disfunción cognitiva, etc (no medible objetivamente) son síntomas, afectación, NO valorada como nosotros lo sentimos.
Las personas con LUPUS que consiguen un porcentaje igual o superior al 33%, pueden llegar a mantener una estabilidad laboral, pero en el transcurso de los años y las secuelas del LUPUS en su organismo, no pueden ejercer su autocuidado necesario y bienestar para su salud por la necesidad económica de su hogar, se antepone la estabilidad monetaria a la propia salud, lo que produce un acusado incremento de limitaciones. La discapacidad que produce el Lupus hace que se pierda calidad de vida, disminuyendo su actividad social, familiar; así como, también reduce sus funciones biológicas y psicológicas afectando a la enfermedad y la vida del paciente. Por ello el índice esperanza de vida respecto a personas de la misma edad y sexo, pero sin Lupus, es de 10 años menos de promedio mínimo.